lunes, 16 de enero de 2017

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO AMERICANO

1) DEFINA QUE ES EL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO AMERICANO
Conjunto de normas y principios que regulan las relaciones de los estados y demás sujetos del derecho internacional, pero los del continente americano.

2) PRINCIPIOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO AMERICANO
El no intervencionismo es la doctrina en política exterior que indica la obligación de los Estados de abstenerse o intervenir, directa o indirectamente, en los asuntos internos de otro Estado con la
Coexistencia pacifica: forma de convivencia entre Estados con diferentes sistemas políticos, económicos y sociales sobre la base de que todos reconozcan y respeten el DIP;
Derechos de conservación: aquel a través de los cuales el Estado se provee de los medios necesarios para atender a su propia defensa contra los enemigos internos y externos.
Respeto recíproco
Derecho de nacionalización: poder que tienen los pueblos de disponer de sus riquezas y recursos.
39 QUE ESTABLECE LA TESIS DE ALEJANDRO ÁLVAREZ
Estableció la tesis de que el Derecho internacional Americano: su raíz sociológica
La mayor contribución al análisis del DerechoInternacional Americano le corresponde a Alejandro Álvarez, el cual expuso sistemáticamente los principios y normas que según él, constituyen el derecho internacional de ese continente.

Alejandro Álvarez es llamado Padre del Derecho Internacional Americano,
Alejandro sostuvo que un derecho internacional propio de América surgió debido a la situación geográfica, la vida política e internacionalde las naciones de esa región y a la psicología de los pueblos habitantes en ese continente.

Definición del D.I.P.A. por Alejandro Álvarez:
Lo define como un conjunto de principios, reglas,instituciones, doctrinas, costumbres y prácticas que son características comunes para las Repúblicas Americanas en el dominio del derecho internacional.

4) DEFINA LAS SIGUIENTES DOCTRINA
MONROE
La Doctrina Monroe, sintetizada en la frase «América para los americanos», fue elaborada por John Quincy Adams y atribuida al presidente James Monroe en el año 1823. Establecía que cualquier intervención de los Estados europeos en América sería vista como un acto de agresión que requeriría la intervención de Estados Unidos
De la estructuración del mensaje de Monroe, el cual consta de dos partes, se desprenden los verdaderos objetivos de la doctrina:
a) Impedir cualquier intento de colonización o recuperación de ex-colonias. En el mensaje leemos: "… los continentes americanos, por la condición libre e independiente que han asumido y mantienen, no serán considerados en adelante como sujetos a futura colonización".
b) Dejar claramente establecida la llamada "doctrina de las dos esferas" y la advertencia a Europa de que se mantenga dentro de su esfera. En el Mensaje, leemos: "En las guerras que han sostenido las potencias europeas en asuntos que sólo a ellas corresponden, nunca hemos intervenido, ni se compadece con nuestras normas el obrar de otro modo… No nos hemos inmiscuido, ni lo haremos, en las colonias o dependencias que ya poseen algunas naciones europeas.

DRAGO
La Doctrina Drago fue anunciada en 1902 por el ministro de Relaciones Exteriores argentino, Luis María Drago, en respuesta a la renuncia de los Estados Unidos a ejecutar la Doctrina Monroe durante el bloqueo naval contra Venezuela. Establece esta doctrina jurídica que ningún Estado extranjero puede utilizar la fuerza contra una nación americana con la finalidad de cobrar una deuda financiera.
“Ningún poder extranjero puede utilizar la fuerza contra unanación americana para recolectar una deuda”
 Es una respuesta a las naciones de Gran Bretaña, Alemania e Italia quienesinterpusieron un bloqueo naval a Venezuela a finales de 1902, en respuesta a unagran deuda de Venezuela que el presidente Cipriano Castro se negaba a pagar.Fue una protesta de Luis Maria Drago, Estados Unidos dijo que como país no apoyaríaa un estado que se viese afectado por ataques de potencias europeas que no seoriginasen con intención de recuperar territorios americanos y colonizarlos
DOCTRINA DE CALVO
La Doctrina Calvo, denominada así por su autor, Carlos Calvo (1824-1906), es una doctrina panamericana de Derecho internacional que establece que, quienes viven en un país extranjero deben realizar sus demandas, reclamaciones y quejas sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales locales, evitando recurrir a las presiones diplomáticas o intervenciones armadas de su propio Estado o gobierno. Ha sido recogida en varias constituciones latinoamericanas.

DOCTRINA DE ESTRADA
          En contraposición a la >doctrina Tobar surgió en 1930 la doctrina que llevó el nombre del canciller mexicano, doctor Genaro Estrada, que sostuvo que cada pueblo tiene el derecho de establecer su propio gobierno y de cambiarlo libremente y que, en consecuencia, él no necesita el reconocimiento de los demás para cobrar plena validez jurídica, reconocimiento que, de otro lado, implicaría una indebida intervención de un Estado en los asuntos internos de otro.
          De acuerdo con estos principios la doctrina Estrada afirmó que “el gobierno de México no otorga reconocimiento porque considera que esta práctica es denigrante, ya que a más de herir la soberanía de las otras naciones, coloca a éstas en el caso de que sus asuntos interiores pueden ser calificados en cualquier sentido por otros gobiernos, quienes, de hecho, asumen una actitud de crítica al decidir favorable o desfavorablemente sobre la capacidad legal de regímenes extranjeros. El gobierno mexicano sólo se limita a mantener o retirar, cuando lo crea procedente, a sus agentes diplomáticos, sin calificar precipitadamente, ni a posteriori, el derecho de las naciones para aceptar, mantener o sustituir a sus gobiernos o autoridades”.

5) CUALES SON LOS PRINCIPIOS SOBRE EL DERECHO DEL MAR
Patrimonio común de la humanidad La Zona y sus recursos son patrimonio común de la humanidad.
Ningún Estado podrá reivindicar o ejercer soberanía o derechos soberanos sobre parte alguna de la Zona o sus recursos, y ningún Estado o persona natural o jurídica podrá apropiarse de parte alguna de la Zona o sus recursos. No se reconocerán tal reivindicación o ejercicio de soberanía o de derechos soberanos ni tal apropiación.
Todos los derechos sobre los recursos de la Zona pertenecen a toda la humanidad, en cuyo nombre actuará la Autoridad. Estos recursos son inalienables. No obstante, los minerales extraídos de la Zona sólo podrán enajenarse con arreglo a esta Parte y a las normas, reglamentos y procedimientos de la Autoridad.
Ningún Estado o persona natural o jurídica reivindicará, adquirirá o ejercerá derechos respecto de los minerales extraídos de la Zona, salvo de conformidad con esta Parte. De otro modo, no se reconocerá tal reivindicación, adquisición o ejercicio de derechos.
Obligación de garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la Convención y responsabilidad por daños 1. Los Estados Partes estarán obligados a velar por que las actividades en la Zona, ya sean realizadas por ellos mismos, por empresas estatales o por personas naturales o jurídicas que posean su nacionalidad o estén bajo su control efectivo o el de sus nacionales, se efectúen de conformidad con esta Parte. La misma obligación incumbirá a las organizaciones internacionales respecto de sus actividades en la Zona.
1 - PRINCIPIO DE LIBERTAD DE LOS MARES (art. 87)
En cuanto vía de comunicación, Alta Mar es un bien común
2 - PRINCIPIO DE LA LIBERTAD DE USO (arts. 87 y 90)
Debe estar abierto a todos los Estados, tengan o no litoral.
3 - PRINCIPIO DE NO INTERFERENCIA (art. 89)
No puede ser objeto de apropiación exclusiva o soberanía de un Estado.
4 - PRINCIPIO DE SUMISIÓN AL DERECHO INTERNACIONAL (art. 87)
Debe estar sometido a una reglamentación jurídica internacional su uso y disfrute común.
Estos cuatro principios quedan articulados en las CUATRO LIBERTADES DEL ALTA MAR:
1) -Libertad de navegación
2) -Libertad de pesca
3) -Libertad de tender cables y tuberías submarinos
4) -Libertad de volar sobre el mar
(art. 2 de la Convención de 1958). La enumeración de estas cuatro libertades no supone un numerus clausus de libertades, ya que se pueden conceder más. (construir islas artificiales, maniobras militares con fines pacíficos, etc. ....)

6) QUE SON SUJETOS DE DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Los sujetos de derecho internacional son los Estados, las organizacionesinternacionales, la comunidad beligerante, los movimientos de liberación nacional   del derecho internacional, es decir que recibe de él derechos y obligaciones—
El Estado
-Organizaciones Internacionales Intergubernamentales
-Comunidades Beligerantes
-Movimientos Nacionales de Liberación
-Santa Sede –Ciudad del Vaticano  y  La Soberana Orden de Malta se consideran y mencionan aparte   por razones  históricas.
Son sujetos de DIP, aquellas entidades en las que concurren determinadas características, elementos y atributos propios del sistema.
Cuando decimos atributos nos referimos a aquellos propios de un sujeto pleno como ser: capacidad de JUS TRACTATUM – JUS LEGATIONI – Y LOCUS STANDI.

7) DIFERENCIAS ENTRES EL DIP  Y DIPA


8) MENCIONES Y D ESARROLLE LAS FUENTES DEL DIP
Los Tratados Internacionales.Constituye la principal fuente de donde emanan las normas del DIP, se trata de acuerdo de voluntades entre dos o más Estados implicados en documentos en donde se consigna por escrito obligaciones y derechos para los jurantes, lo que da una mayor credibilidad o seguridad, regulando la conducta de los estados entre sí y órganos internacionales con el fin de promover y proteger el respeto de los derechos humanos, la paz y la armonía entre los estados.  Las Costumbres Internacionales.Definición.Son las formas en que se manifiesta una comunidad, ya que están formadas por un conjunto de reglas que se revelan no sólo por la repetición de los actos acompañados de un sentimiento de obligatoriedad ante un mismo hecho, sino porque dados actos se realizan con el convencimiento de que se están cumpliendo ciertas obligaciones o se está ejerciendo un derecho.

Los Principios Generales del Derecho.Son aquellos conceptos fundamentales que aparecen como el conjunto de ideas y creencias que forman el pensamiento jurídico de un pueblo, y que están formados por aquellos principios elementales de justicia y equidad que tienen aplicación universal

Doctrina.
La doctrina como fuente del Derecho Internacional se conoce como la opinión de los jurisconsultos y de las asociaciones especializadas. Puede ser de carácter filosófico, sociológico o histórico.El Ins


JURISPRUDENCIA
Jurisprudencia Internacional o Decisiones JudicialesEsta fuente esta constituida por el conjunto de principios y normas establecidas en sentencias internacionales mas o menos uniformes, viniendo a formar parte del acervo jurídico internacional.El párrafo del Articulo 38 del Estatuto de la Corte Internacional Judicial establece:" 1. _ El tribunal, cuya función es decidir conforme al Derecho Internacional Publico las controversias que le sean sometidas deberán aplicar las Decisiones Judiciales y Las Doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintas naciones como medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho sin prejuicio de lo dispuesto en el artículo 59"Por lo tanto una sentencia nunca podrá apoyarse sólo en una decisión judicial o en la doctrina, ya que dichas fuentes sólo podrán utilizarse como medios auxiliares que apoyen los tratados, la costumbre o los principios generales del Derecho.


9) DEFINA EN QUE CONSISTE EL RECONOCIMIENTO DE UN GOBIERNO

10) RECONOCIMIENTO DE UN ESTADO
El reconocimiento del Estado es el acto por el que otros declaran que tratarán a esa agrupación como a un Estado otorgándole la categoría de sujeto del Derecho Internacional, investido de plena capacidad jurídica.
El reconocimiento del Estado es el acto por el que otros declaran que tratarán a esa agrupación como a un Estado otorgándole la categoría de sujeto del Derecho Internacional, investido de plena capacidad jurídica. El acto de reconocimiento ha sido considerado por la doctrina bien como acto político, bien como jurídico.

11) DEFINA QUE ES EL ASILO
al asilo político, la protección otorgada a personas perseguidas por motivos políticos; a un asilo (establecimiento), un lugar de acogida, residencia o servicios para personas mayores, pobres, discapacitados y dependientes en general; a unasilo, un lugar que servía para refugio de huidos o criminales.
En su acepción más amplia asilo es aquella garantía de los derechos humanos consistente en la protección que el Estado presta, dentro de su ámbito de soberanía, a los extranjeros que hayan penetrado en su territorio para huir de la persecución política o de las condiciones económicas o medioambientales de su país de origen.
12) DEFINA LOS TIPO DE ASILO
Se conoce como asilo humanitario a la práctica que muchas naciones llevan a cabo y que consiste en aceptar inmigrantes en su suelo porque estos se vieron obligados a dejar por la fuerza su país de origen por el peligro que sus vidas correrían allí de permanecer. Generalmente, razones políticas, raciales, religiosas o como consecuencia de una guerra, suelen ser las situaciones más frecuentes que detonan en asilos humanitarios.
En tanto, se llama asilo político al derecho que tiene un individuo de no ser extraditado de un país a otro que lo está requiriendo para iniciarle algún proceso judicial por delitos políticos.

13) DEFINA QUE ES EXTRADICIÓN
Entrega de una persona refugiada o detenida en un país a las autoridades de otro que la reclama para juzgarla.
La extradición es el procedimiento judicial (penal-administrativo) por el cual una persona acusada o condenada por un delito conforme a la ley de un Estado es detenida en otro Estado y devuelta al primero para ser enjuiciada o para que cumpla la pena ya impuesta.

14) DEFINA LA DOCTRINA TOBAR
La Doctrina Tobar es el nombre con el que se conoce a una exhortación hecha por el canciller de Ecuador Carlos R. Tobar en 1906. En esta declara que los gobiernos latinoamericanos, en defensa de la legítima democracia, deben evitar dar reconocimiento a los gobiernos de facto, gobiernos surgidos a partir de acciones de fuerza.1
Las repúblicas americanas por su buen nombre y crédito, aparte de otras consideraciones humanitarias y altruistas, deben intervenir de modo indirecto en las discusiones intestinas de las repúblicas del Continente. Esta intervención podría consistir, a lo menos, en el no reconocimiento de los gobiernos de hecho surgidos de las revoluciones contra la Constitución.

15) DEFINA DEFINA QUE SON ORGANISMOS INTERNACIONALES
todo grupo o asociación que se extiende más allá de las fronteras de un Estado y que adopta una estructura orgánica permanente"1 . También puede usarse el término organización internacional, sin embargo esta última denominación podría interpretarse como abarcando genéricamente cualquier organización (incluidas aquellas privadas) con integrantes, objetivos, o presencia internacional, mientras que lo que se designa como organismo internacional siempre es de naturaleza pública. Para evitar posibles confusiones, algunas veces se usan los términos organismo internacional gubernamental u organismo internacional público.2
Una organización intergubernamental está sujeta al derecho público3 internacional, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, formada por acuerdo de distintos estados para tratar aspectos que les son comunes.

16) DEFINA QUE ES UN TRATADO INETRNACIONAL
Un tratado internacional es un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de Derechointernacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos conexos, y siendo indiferente su denominación.

17) DEFINA CONEVENIO INTERNACIONAL
Un tratado internacional es una especie de convenio entre dos o más naciones, o entre un estado y un organismo internacional, en donde los involucrados adquieren un compromiso, para cumplir con determinadas obligaciones. Lo más usual es que estos tratados se celebren entre naciones, siendo estos regulados por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969. Sin embargo, también se pueden dar entre una nación y un organismo internacional, en este caso, la regulación está a cargo de la Convención de Viena Sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones internacionales o entre Organizaciones Internacionales de 1986.
18) QUE ES UN CONVENIO
Cuando se unen las opiniones o puntos de vista de sujetos de orden jurídico internacional, sobre cuestiones o problemas que surgen en sus relaciones internacionales se crean los acuerdos internacionales.

Es un escrito celebrado entre Estados con un grado de formalidad menor al de un tratado. Normalmente, un convenio es acordado en aspectos Económicos y Comerciales entre los estados. Los convenios pueden estar dado entre dos Estados, denominado un Convenio Bilateral, normalmente celebrado para brindar facilidades en materias Comerciales. Pero también existe otra forma de convenio, celebrado entre más de dos Estados, el cual se denomina Multilateral, en el cual, el acuerdo tiene un carácter más normativo respecto de aspectos contemplados dentro del Derecho Internacional.
·         Nota: En un Convenio por lo regular se hace la negociación de temas que afectan de manera general a los miembros de la Comunidad Internacional. Lo más común es que tales acuerdos se resuelvan con el consentimiento de ambos.

19) DEFINE QUE ES LA NEGOCIACIÓN DIPLOMÁTICA
La negociación diplomática no se diferencia de cualquier otra negociación que pueda tener lugar en el ámbito público o privado, nacional o transnacional. Su especificidad viene dada por los temas que